Un homenaje a esos esforzados y valientes héroes anónimos que son un ejemplo de profesionalismo.
_____________________
Las semanas recién pasadas hemos sido bombardeados de imágenes que resaltan el heroico accionar de los Carabineros de la Nación en el cumplimiento de su deber.
El lúmpen se ha tomado las calles y vivimos una era de desorden y caos... al menos eso dicen Iván Núñez, Iván Valenzuela, Amaro Gómez y hasta la esposa del Rafa, que también opina... VacaLesa o VacaTonta creo que se llama. Bueno, compren las Últimas Noticias y lo averiguan.
Pero como toda historia tiene 2 versiones, veamos la que no se ve en la tele.
Fuerza excesiva contra manifestante... nótese cómo apuntan el chorro de agua contra la señora que defiende al niño (1 minuto 20 segundos). De pasada se llevan y golpean a periodista de Radio Nuevo Mundo.
Carabineros gaseando jardines infantiles en San Antonio. Pobladores indignados encaran a los funcionarios.
Sin mediar provocación, más de 30 manifestantes son detenidos violentamente.
La prensa independiente en la mira.
Cariñitos a la mujer en su día... y de nuevo a la prensa independiente.
Otra vez, agrediendo a la prensa independiente
Y cuando no agreden a la prensa, no hacen nada por protegerla de sus amigos pinochetistas
¿Y qué reflexiona la periodista española al otro día?
Como ven, no todo se justifica con la tésis del lúmpen y no todo es como lo muestran en la tele. Amaro Gómez, Iván Núñez e Iván Valenzuela mienten descaradamente y opinan en función de los intereses comerciales y editoriales de sus jefes.
Saludos.
Visiten:
http://trincheradelaimagen.blogspot.com/2007/04/carta-abierta-al-director-general-de.html
http://www.lacoctelera.com/prensaopal/blog
http://eduardoarriagada.blogspot.com/
http://elfuegoylapalabra.blogspot.com/
____________
Si eres detenido en manifestaciones tienes derechos. Si no los respetan, hazlos valer:
Si eres agredido por los policías, si te tratan con brutalidad, memoriza
· El número de placa del funcionario.
· Las características del grupo.
· El lugar donde ocurren los hechos y la hora, para poder situar específicamente a los responsables.
Nadie será sometido a torturas, ni penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Art. Nº 5 Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Art. Nº 7 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Vigente en Chile desde el 29 de abril de 1989)
Art. Nº 5 Inciso 2 Convención Interamericana de Derechos Humanos. (Vigente en Chile desde el 5 de enero de 1991).
Art. Nº 10 Inciso 1 Pacto internacional Derechos Civiles y Políticos
Art. 5 Inciso 2 Convención Interamericana de Derechos Humanos.
Esta legislación internacional ha sido suscrita por el Estado chileno, está vigente y es obligatoria para todos los funcionarios públicos. Quienes no las respeten deben ser denunciado y sancionados por las autoridades pertinentes
Por tanto, si un funcionario o grupo de funcionarios policiales te golpea o te somete a tratos crueles, inhumanos o degradantes, tienes el deber de denunciarlos, para que se pueda iniciar acciones legales en su contra.
[B]Al ser detenido por carabineros o investigaciones tienes derecho a:[/B]
· Ser tratado con el respeto debido a tu calidad de ser humano.
· No ser sometido a tratos crueles, inhumanos o degradantes.
· Ser informado de los motivos de tu detención.
· Ser llevado a un lugar público de detención.
· El funcionario aprehensor debe informar la detención al Fiscal del Ministerio Público en un plazo no mayor de 12 horas. En un plazo máximo de 24 horas debe ser llevado a presencia de un juez.
· No tienes la obligación de declarar ante la policía o el Fiscal: tienes derechos a guardar silencio. Sí decides declarar, no estas obligado hacerlo bajo juramento.
· Si eres conducido ante un Jues dentro de 24 horas, si tu detención fue injusta o arbitraria o se llevó a cabo sin cumplir los requerimientos legales, tú o cualquier persona a tu nombre puede interponer un RECURSO DE AMPARO ante la Corte de Apelaciones. También puedes presentarlo ante cualquier privación, perturbación o amenaza ilegal o arbitraria a tu libertad o seguridad. El recurso puede presentarse por escrito, telegráficamente en forma verbal, o incluso telefónicamente, siempre que aportes los datos necesarios.
Ante el Juez tienes derecho a:
· Que se te informe de manera clara y especifica de las acusaciones y los derechos que te reconocen la Constitución y las leyes.
· Ser asistido por un abogado desde el inicio de la investigación.
· Pedir al Fiscal las medidas necesarias para aclarar tu inocencia.
· Solicitar al Juez que te cite una Audiencia para declarar respecto a los hechos sujetos a la investigación.
· Guardar silencio. En caso de consentir declarar tienes el derecho a no hacerlo bajo juramento.
Si eres privado de libertad, tienes derecho a:
· La guardia del recinto de detención debe informar a tu familia o amigos de que estás detenido, las razones de esto y el lugar donde te encuentras.
· Ser conducido sin demora ante el tribunal que ordena la detención.
· A solicitar del tribunal el beneficio de la libertad.
· Recibir sin restricción la visita de tu abogado, a quien puedes informarle si has recibido malos tratos.
· A conversar privadamente con tu abogado.
· Salvo expresa orden del tribunal de incomunicarte (que no puede ser mayor a 10 días) tienes derecho a recibir visitas y a comunicarte por escrito o cualquier otro medio.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)

No hay comentarios:
Publicar un comentario